PLAN DE EMPLEO Nº 2 DEL AYUNTAMIENTO DE BERIAIN.
El Ayuntamiento de Beriain quiere hacer una aportación, dentro de sus posibilidades, al esfuerzo por combatir el grave problema actual del desempleo en su ámbito municipal, sobre todo respecto a grupos sociales especialmente desfavorecidos (mujeres, parados de larga duración, jóvenes, mayores de 50 años, perceptores de rentas para inclusión social o sociolaboral, etc…).
Con la finalidad de dar cumplimiento a esta pretensión, la Corporación de Beriain, a la hora de aprobar el Presupuesto General Único para el ejercicio de 2017 de este Ayuntamiento, incluirá la partida 1 2410 13100 Plan Municipal Fomento Empleo, partida ya existente en el Presupuesto General Único para el ejercicio 2016 y que se mantendrá en vigor hasta la aprobación del correspondiente al ejercicio de 2017.
Para que esta entidad pueda proceder a la contratación de personal por vías distintas de las previstas en el Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, es imprescindible crear un soporte normativo al respecto.
Existe una normativa que ofrece a las entidades locales de Navarra un soporte legal suficiente para poder realizar contrataciones en base a criterios sociales. Ese punto de contacto con la legislación vigente sobre servicios sociales derivaba de una Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de fecha 26 de octubre de 1998, sucesora de otras anteriores con similares contenidos, que aprobó unas bases de concesión de subvenciones por parte del Instituto Nacional de Empleo (INEM) a corporaciones locales para la contratación de trabajadores desempleados a fin de realizar obras y servicios de interés general y social, que han regido hasta hace poco tiempo. La disposición adicional segunda de dicha Orden ministerial habilitó a las Comunidades Autónomas que hayan asumido los traspasos de servicios en materia de gestión del mencionado Programa Público de Empleo (como fue el caso de la Comunidad Foral de Navarra a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 811/1999, de 14 de mayo) para acomodar la citada norma a las especialidades que se deriven de su organización. En su virtud se dictaron distintas Órdenes Forales de los Consejeros de Industria y Empleo, sustituidas posteriormente por la Resolución 233/2012, de 23 de febrero, del Director Gerente del Servicio Navarro de Empleo. Esta regulación habilita para contratar a personas de colectivos desfavorecidos como el de personas desempleadas perceptoras de rentas para la inclusión social o sociolaboral o Renta Garantizada, entre otros.
Pues bien, en el caso de esta entidad local, este soporte normativo necesario puede venir dado por una Ordenanza Municipal o por un Plan de Empleo, como el que se tramita con este documento, para la contratación directa con vecinos de grupos sociales que este Ayuntamiento considere especialmente desfavorecidos.
Habida cuenta de todo ello, este Ayuntamiento de Beriain, en Sesión celebrada el 2 de febrero de 2017 adoptó el siguiente ACUERDO:
1º.- Aprobar las Bases Reguladoras del Plan Municipal de Empleo 2017 Nº 2 de Beriain cuyo texto se transcribe a continuación del presente Acuerdo.
2º.- Autorizar un gasto de Treinta y siete mil doscientos euros (37.200 €) con cargo a la partida 1 2410 13100 Plan Municipal Fomento Empleo del Presupuesto General Único del Ayuntamiento de Beriain en vigor.
3º.- Publicar este Acuerdo íntegro, junto con las Bases Reguladoras del Plan Municipal de Empleo 2017 Nº 2 de Beriain, en la página web de esta entidad, así como extracto del mismo en los Tablones de Anuncios del Ayuntamiento.
Bases Reguladoras del Plan Municipal de Empleo 2017 nº 2 de Beriain (Tamaño 227 Kb)