NOVEDADES APP «TU VILLAVESA»
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Art. 1: FUNDAMENTACIÓN:
Para el curso 2021-2022 el Gobierno de Navarra determinó una reducción de plazas con derecho a transporte subvencionado para acudir a la ikastola Hegoalde. Esta situación ha dejado a un número de niños de Beriain sin derecho a plaza en dicho autobús y designa como centro de referencia para el modelo D al centro educativo de Noain.
Noain carece de un modelo D puro (consistente en enseñanza totalmente en euskera, salvo la asignatura de lengua castellana), siendo el que trabajan un modelo experimental D-PAI sin inmersión lingüística total que incluye el inglés como lengua vehicular y por lo tanto resta horas de aprendizaje del euskera. Hecho que en cierto modo podría considerar al modelo D-PAI como un modelo en sí diferente del modelo D puro.
El ayuntamiento de Beriain forma parte de la zona mixta. Y considerando que en nuestras circunstancias sociolingüísticas el uso del euskera es muy minoritario, considera que sus vecinos deberían poder optar a una educación pública por un modelo de inmersión lingüística total que facilitara y compensara las carencias que se pudieran ocasionar del entorno en que viven. Y especialmente que deberían poder elegir el modelo de educación pública que mejor se ajuste a su realidad y en las mismas condiciones en que lo hacen el resto de sus vecinos del pueblo.
Art. 2: OBJETO Y FINALIDAD
El objeto de la convocatoria es regular la concesión de ayudas a las familias de Beriain en el transporte para escolarización pública de niños en modelo D en la ikastola Hegoalde durante el curso 2021-2022.
Art. 3: RÉGIMEN JURÍDICO
1. Las ayudas que se concedan en la presente convocatoria tendrán el carácter de subvención y se regirán por lo dispuesto en la siguiente normativa:
2. Las ayudas que se concedan lo serán en régimen de concurrencia competitiva, mediante una convocatoria abierta hasta agotar el crédito presupuestario y que permita incorporar mensualmente a los alumnos de nueva matriculación a lo largo del curso y cumplan los requisitos de la presente convocatoria. Las ayudas se otorgarán con arreglo a los siguientes principios de
3. La mera presentación de una solicitud de subvención para una actividad, programa, proyecto o circunstancia singular, implica el conocimiento y aceptación de estas Bases, de la Ordenanza General Reguladora de Subvencione del Ayuntamiento de Beriain, y de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, así como cuantas normas sean de aplicación a este tipo de subvenciones, tanto de carácter directo como subsidiario.
Art. 4: DOTACIÓN PRESUPUESTARIA
El Ayuntamiento de Beriain destinará la cantidad de 3.000,00 € mediante convocatoria de subvenciones con cargo a las siguientes partidas presupuestarias:
Periodo Presupuestario | Partida | Importe |
Presupuesto General Único 2022 | 1 3230 48000 | 3.000,00 |
Art. 5: DESTINATARIOS
Podrán ser beneficiarios los alumnos de Beriain que hayan cursado estudios en la Ikastola Hegoalde durante el curso 2021-2022 y hayan hecho uso del servicio de autobús escolar.
Art. 6: REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES
Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:
Art. 7: SOLICITUDES
1. El modelo oficial de solicitud, anexo 1, está disponible en la página Web del Ayuntamiento: www.beriain.es. (Al final de este texto)
Las solicitudes serán firmadas por el padre, la madre o el tutor o tutora del alumno y deberán presentarse en el modelo normalizado, junto con la documentación requerida, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Beriain (https://sedeelectronica.beriain.es/), o en cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas
2. Plazo: durante los siguientes 20 días naturales a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
La documentación que se debe presentar para la concesión de la ayuda es la siguiente:
3. Todos los solicitantes en la presentación de la solicitud aceptan:
Art. 8: ORGANO INSTRUCTOR Y DE CONCESIÓN DE LAS SIBVENCIONES
La instrucción y concesión de las ayudas corresponderá al Alcalde del Ayuntamiento de Beriain
Art. 9: IMPORTE DE LAS AYUDAS
El porcentaje máximo de ayuda será de un 60% del gasto soportado.
El porcentaje exacto dependerá de la consignación presupuestaria existente y de las solicitudes presentadas.
Art. 10: ABONO DE LAS AYUDAS
1. Resuelta la convocatoria, el Ayuntamiento de Beriain realizará el pago de las ayudas en el plazo de un mes desde dicha resolución.
2. El abono se realizará en concepto de «AYUDA TRANSPORTE ESCOLAR».
Art. 11: CONTROL Y JUSTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS
1. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 7 del artículo 30 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la concesión de ayudas a las familias de Beriain en el transporte para escolarización pública de niños en modelo D en la ikastola Hegoalde durante el curso 2021-2022 no requerirá otra justificación que la acreditación previa a la concesión de
que el solicitante reúne los requisitos establecidos en esta convocatoria.
2. El régimen regulador de los posibles reintegros, sanciones y responsabilidades aplicable a los perceptores de las ayudas será el establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y en la Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Beriain.
Art. 12: REGIMEN DE INFRACCION Y SANCIONES
En materia de infracciones y sanciones administrativas, se estará a lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
DISPOSICION ADICIONAL
En lo no dispuesto en estas bases será el Alcalde del Ayuntamiento de Beriain quien decida e interprete el contenido de las mismas
Beriain, 24 de octubre de 2.022
El Alcalde,
José Manuel Menéndez González
BON
CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EL TRANSPORTE ESCOLAR A LA IKASTOLA HEGOALDE
SOLICITUD SUBVENCION TRANSPORTE ESCOLAR IKASTOLA HEGOALDE
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